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domingo, 14 de junio de 2015

Retenciones Sobre Sueldos y Salarios, Formulario AR-I

¿Qué es el AR-I?
El AR-I es el formulario que utiliza el trabajador bajo relación de dependencia, para determinar el porcentaje de retención de impuesto que su agente de retención (Empleador) le aplicará sobre las remuneraciones que le paguen o abonen en cuenta durante el curso del año.

El AR-I debe presentarse antes del vencimiento de la primera quincena de cada ejercicio gravable, es decir antes del 15 de enero de cada año civil, y en todo caso antes de hacerse efectiva la primera remuneración del año. En caso de cambio en los datos suministrados en el formulario como adiciones de cargas familiares, aumento de Unidad Tributaria, aumento de sueldo, se deberá realizar una variación.

¿Quiénes deben presentar el AR-I?

Las personas naturales residentes en el país, la retención del impuesto sólo procederá si el beneficiario de las remuneraciones obtiene o estima obtener, de uno o más deudores o pagadores, un total anual que exceda de mil unidades tributarias (1.000. U.T.).

¿Quién determina el porcentaje de retención?

El beneficiario de los salarios, sueldos o remuneraciones similares debe determinar el porcentaje de retención, es decir el mismo trabajador. Ahora bien, si el trabajador no cumple con este deber le corresponderá al agente de retención determinar el porcentaje de retención.

Pasos para el Llenado d la Planilla AR-I

Esta Planilla es solo para asalariados (las personas naturales que reciben ingresos diferentes a asalariados les corresponde es hacer estimada antes del 30 de junio de cada año.

Colocar el monto de ingreso que estimas percibir en el Año (sueldo, vacaciones, utilidades y todo ingreso percibido de forma regular.

           Colocar las cargas familiares que se Poseen (solo ascendientes y descendientes directos)

El resultado será el % de retención de ISLR que hará el patrón durante el año en curso y será considerado un anticipo de impuesto para la declaración de ISLR al terminar el año correspondiente.

 Si el Empleado no presenta esta declaración al patrono antes del 15 de Enero de cada Año el patrón podría realizar la declaración AR-I sin considerar las cargas familiares lo que implica un mayor % de retención.

Cuando aumente la unidad tributaria en febrero hay que volver a presentar la planilla AR-I con la nueva unidad tributaria para que él % de retención sea menor.

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