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viernes, 27 de febrero de 2015

Deberes Formales de las Empresas en Venezuela


Las Empresas Venezolanas están obligadas a cumplir con deberes formales ante las instituciones del Estado. entre los que tenemos Deberes Fiscales y Parafiscales, deben ser cumplidos acatando lo establecido en la ley y así evitar sanciones.

De los principales deberes tenemos los siguientes:

- Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). Actualmente la inscripción se hace a través de su portal www.ivss.gov.ve por el sistema TIUNA a través del cual se puede realizar inscripción, movimiento y retiro de trabajadores, consulta de facturas, trabajadores activos, entre otros procedimientos. De igual manera como estamos inscritos debemos tramitar mensualmente la solvencia ante este instituto. Aquí se hace el aporte del SSO y el RPE (Paro Forzoso), el cual es de la siguiente manera:

Aporte Trabajador SSO: el Salario Semanal por el 4% por el número de lunes del periodo.

Aporte Patronal SSO: Salario Semanal por el Porcentaje de Riesgo de la empresa (9%, 10%, 11%) por el número de lunes del periodo.

Aporte Trabajador RPE: el Salario Semanal por el 0.5% por el número de lunes del periodo.

Aporte Patronal RPE: Salario Semanal por el 2% por el número de lunes del periodo.

- BANAVIH. Este instituto es el responsable de la administración del aporte de vivienda realizado por el trabajador y su patrono. Al igual que el IVSS, la inscripción se hace a través de la página www.banavih.gov.ve, por este portal se puede incluir y retirar trabajadores, solicitar la planilla de pago e imprimir la solvencia.

El Aporte del Trabajador es del 1% del Ingreso Bruto percibido en el periodo, y del Patrono es del 2% del mismo.

- INCES. Aunque las empresas con menos de 5 trabajadores no están obligadas a pagar el 2% de INCES, deben estar inscritas y, preferiblemente, solicitar trimestralmente la solvencia ante este instituto, al igual están obligadas todas de retener  y pagar el 0,5% de aporte de los empleados al momento del pago de Utilidades. 
- MINPPTRASS. Instituto que vela por el complimiento de los derechos del trabajador. Las empresas deben inscribirse para obtener su número de NIL, luego deben declarar trimestralmente los salarios y horas trabajadas a través del portal y presentarla en la oficina de su región los primeros 15 días del mes siguiente al trimestre declarado. Además por el mismo portal se puede solicitar la solvencia laboral para la cual deben tener vigente la solvencia del INCES y de BANAVIH.

- ALCALDIA. Toda empresa debe inscribirse en la alcaldía del municipio donde se encuentren obteniendo de esta manera su patente de industria y comercio. Cada alcaldía tiene su normativa en cuanto a retenciones y declaración, de acuerdo a la actividad económica de la empresa, por lo que deben consultar los lineamientos a seguir en su municipio.

- SENIAT. Tributos. Toda persona jurídica y persona natural con actividad comercial debe declarar. Mensualmente el IVA, y las retenciones de ISLR, anualmente el impuesto sobre la renta ISLR declaración Definitiva. Y si la empresa es contribuyente especial debe declarar quincenalmente las retenciones de IVA a las compras realizadas.


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